La ONG Ambiente Comarca envió al Concejo Deliberante de Tornquist un proyecto de ordenanza para contribuir al ordenamiento y deposición final de los Residuos y materiales de parques y obras en la vía pública.
Textualmente publicamos el contenido de la nota enviada al cuerpo deliberativo
De nuestra consideración:
Seguramente Usted, al igual que nosotros, ha notado como año tras año mucha gente de otras localidades eligen nuestra comarca serrana como lugar para vivir en forma definitiva o transitoria, atraídos por la favorable calidad de vida que se disfruta aquí. Esto ha generado la puesta en marcha en forma ininterrumpida de obras en construcción, gestadas por las inversiones de vecinos ya arraigados, como así también de nuevos habitantes. Este fenómeno de crecimiento, indiscutiblemente beneficioso en algunos aspectos -por ejemplo los laborales y económicos-, también puede transformarse en desfavorable si no es acompañado con legislación municipal que regule los aspectos negativos generados por la actividad misma.
Una de las consecuencias negativas que ya se viene observando regularmente y con notorio crecimiento, es la utilización de la vía pública como lugar para libre disposición de residuos generales de poda y limpieza de terrenos, como así también el acopio de materiales de construcción y los escombros que de la edificación se genera. La proliferación de este tipo de materiales en veredas, esquinas y baldíos, ocasiona diversos aspectos problemáticos relacionados con la salubridad pública, la libre circulación y el impacto visual.
A raíz de esto, hemos elaborado una propuesta que acercamos a continuación, la cual redactamos y estructuramos con un formato de proyecto de ordenanza con el solo objetivo de facilitar la transmisión de la proposición, sabiendo que, necesariamente, la misma deberá ser en primera instancia considerada válida, para luego ser adaptada, corregida y tratada desde el cuerpo deliberante que Usted preside.
Parte de esta propuesta fue elaborada a partir de observaciones de la realidad en otros distritos vecinos y pensamos que la misma puede ser un anexo u ampliación de las ordenanzas N° 75 y 999/94, ambas ya en vigencia en nuestro Municipio de Tornquist.
Gabriela Tramontini
Secretaria
Hugo Kloster
Presidente
VISTO:
La necesidad de controlar el correcto manejo, disposición y ruta de los residuos generales que los habitantes generan y depositan en las esquinas, veredas, terrenos baldíos, etc.
Que por distintas causas se ha generado una mala costumbre de arrojar desperdicios de parques y de obras en la vía pública, como así también el acopio de materiales nuevos para la construcción.
Que existe una situación desordenada en la materia, dado que no se ofrece otra opción, y
CONSIDERANDO:
Que el objetivo de la presente propuesta tiene propensión a optimizar los escasos recursos presupuestarios, de mano de obra, maquinaria y gastos varios del Municipio; a la buena imagen de la localidad hacia los pobladores y turistas; a la protección de la salud humana, de los ecosistemas, a la disminución de los elementos contaminantes del medio ambiente y a la concientización necesaria de que cada integrante de la comunidad es responsable de los residuos que genera; y que el municipio tiene la obligación, como contraprestación de lo recaudado por ABL, de recolectar solamente los residuos hogareños y previamente separados en bolsas de distintos colores para su reciclado,
POR ELLO:
Se propone al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de Tornquist lo siguiente:
· Promover en nuestro Distrito el servicio de alquiler de contenedores volquetes, teniendo en cuenta distintas medidas según la necesidad del vecino solicitante, ya sea por volumen ó tipo de residuo a transportar, haciendo obligatorio el uso de los mismos para el almacenamiento transitorio en la vía pública de residuos de parques y obras, resultantes de tareas de limpieza de terrenos y construcción de obras.
· Los proveedores del servicio deberán estar registrados en la municipalidad e instruidos para la ubicación de los contenedores, ruta y disposición final de los residuos, controlando el Municipio que cada tipo de residuo es transportado al lugar determinado para tal fin.
· El precio del alquiler será acorde y en consonancia con el mercado comercial regional de estos servicios.
· Para aquel vecino, organismo de bien público o entidad social que demostrara dificultad económica o se caracterice como entidad sin fines de lucro y no cuente con los recursos económicos necesarios, el municipio ofrecerá el servicio en forma gratuita mediante la realización de un trámite establecido a tal efecto.
· Prohibir el acopio de materiales para la construcción en las veredas o calles que afecten la libre circulación de peatones y vehículos. Exigir la valla y señalización necesaria para que evitar obstrucciones y prevenir accidentes.
Del aprovechamiento de los residuos:
· Los residuos de poda se procesarán con una chipeadora para reducir volumen y poder usar el material resultante para distintos usos (abono, fabricación de briquetas, etc.).
· El desecho de obras (escombros) se podrá usar para el relleno o mejoras de calles, (previamente tratado con una moledora), o para la venta a obras que necesitan de este material.
· Los residuos metálicos se clasificaran para su comercialización.
De los residuos en la vía pública en general:
Prohibir la quema de ramas, hojas u otros residuos en cualquier sector, para evitar molestias a los vecinos y deterioro del medio ambiente. Hacer exigible la colocación de canastos, cestos o basuriles en el frente de cada domicilio, sean estos hogares, cabañas, hoteles, restaurantes, etc., para el depósito de los residuos sólidos urbanos generados mediante la separación en origen, hasta el momento de la recolección, prohibiendo el acopio de bolsas directamente en el suelo, las que frecuentemente terminan dañadas por animales y su contenido esparcido en la vía pública. Los canastos, cestos o basuriles deberán respetar normas básicas de construcción (por ejemplo tener una tapa adecuada) según diseño a proponer por el municipio. De la difusión de esta normativa:
· Esta ordenanza deberá estar acompañada por difusión en los medios, inclusive con volantes en el impuesto abl, aclarando las multas aplicables por el incumplimiento de la normativa.
· También se colocarán carteles en los lugares acostumbrados a la acumulación indebida de residuos en la vía pública con las nuevas indicaciones y las multas correspondientes.
De la aplicación, control y sanciones de la normativa:
· El Municipio realizará el control necesario de lo normado en la presente, mediante la asistencia de inspectores motorizados para informar, persuadir, apercibir y/o multar ante el incumplimiento de las normas establecidas.
· El no cumplimiento de lo dispuesto por la presente normativa, determinará una multa equivalente al 20% (veinte por ciento) del sueldo mínimo municipal vigente.
· El Municipio establecerá un sistema de recepción de denuncias anónimas para optimizar el control y evitar posibles conflictos entre vecinos.
Para todos los efectos detallados en la presente normativa se determina que:
· Se entiende por residuos de parques a las ramas, troncos, hojas, raíces, pasto, césped, árbolearbustos u otros elementos, resultantes de la poda, mantenimiento y/o limpieza de jardines, terrenos baldíos y veredas.
· Se entiende por residuos de obras a los escombros, restos de mampostería, maderas, metales, envases de productos de construcción y otros, resultantes de cualquier actividad relacionada con la construcción o demolición de viviendas u otras obras de infraestructura.