En ese marco, de acuerdo a la Resolución Provincial N° 1208-MJGM-2021, se establecen las siguientes restricciones horarias:
-Las actividades comerciales de carácter general no podrán desarrollarse entre las VEINTE (20) horas y las SEIS (6) horas del día siguiente.
-Las actividades en comercios gastronómicos no podrán desarrollarse entre las VEINTITRES (23) horas y las SEIS (6) horas del día siguiente.
-Las personas no podrán circular entre las CERO (0) horas y las SEIS (6) horas de cada día y no podrá desarrollarse en ese horario ninguna actividad.