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“El bien jurídico a proteger es la vida humana” dijo el Asesor Letrado del Municipio Dr. Carlos Carriquiri
“Se tomó conocimiento sobre la muerte de una persona que se trasladaba en un micro a la altura del paraje Frapal y algunos medios hacían referencia que , pese a ser convocada, no había asistido la ambulancia de la localidad de Saldungaray, hablado con la Sra. Intendente Interina me dijo que inmediatamente me ponga a trabajar en ese tema, hasta tanto se pueda dilucidar” dijo el Asesor Letrado del Municipio Dr. Carlos Carriquiri.
“A los cinco minutos yo ya tenía el parte del libro de guardia donde se constataba que habían recibido una llamada a través de Sierra de la Ventana pidiendo una ambulancia; estando en el Paraje Frapal y habiendo una ambulancia, luego de constatar y confirmar que había una persona descompuesta, se llamó a la Unidad Sanitaria de Saldungaray, pidiendo la ambulancia para que concurra a la zona de Frapal; recibe como respuesta que por tema de jurisdicción el médico ordenó que no se trasladara, eso se constató en el libro de guardias que ya obra en el expediente” dijo Carriquiri.
El Letrado señaló que fueron solicitados de inmediato los informes a la Secretaria de Salud “me fueron alcanzados los informes y la Intendenta volvió a solicitar que este caso sea investigado hasta las últimas consecuencias” señaló.
Carriquiri dijo que en el informe existen algunas contradicciones y se decidió presentar toda la documentación a la Ayudantía Fiscal para la correspondiente denuncia.
“Tenemos que ver si existe alguna omisión en la atención o abandono de paciente” sostuvo Carriquiri, quien anticipó que ya regía el secreto de sumario.
Al ser consultado sobre el motivo por el cual la ambulancia y el médico no se hicieron presentes en el lugar, Carriquiri dijo que “en otras circunstancias la ambulancia había acudido y aquí el bien jurídico a proteger es la vida humana y la vida humana no está supeditada por un limite imaginario que hizo el legislador en algún momentos cuando dividió los partidos, Hay antecedentes que la ambulancia ha concurrido, en este caso, a criterio del médico no concurrió y refiere la policía lo que habían afirmado y es materia de investigación en justicia ordinaria; el enfermero está supeditado a la orden del médico” aseguró.
“El sumario interno encierra el obrar de las personas responsables de la unidad sanitaria, el porque si el médico dio esa orden o no la dio; el tema de la enfermera o no la enfermera; la primer foja es el pedido que hace la asesoría letrada al destacamento y en la segunda foja consta las actuaciones que realizó la policía. El sumario interno se inicia y se esperan los resultados de la parte penal” concluyó Carriquiri.