Proyecto de Resolución presentado hoy 28 de Mayo, por los Bloques Unión Cívica Radical, Coalición Cívica, Frente Progresista Cívico y social y Frente Renovador. El mismo solicita una Sesión Ordinaria en la localidad de Saldungaray, así como se ha realizado en localidades vecinas como en Chasicó y Sierra de la Ventana.
VISTO:
El Art. 2 de la Resolución 20/14 del Honorable Concejo Deliberante de Tornquist que dice: “Considérese oportuno adoptar un sistema de Sesiones itinerantes, llegando así a las demás localidades del Distrito a los fines de que todos los habitantes del mismo tengan la oportunidad de asistir, en la mayoría de los casos por primera vez, a una Sesión de este Honorable Cuerpo que componemos”
CONSIDERANDO:
Que conforme al Art. 68, último párrafo de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Concejo está facultado para sesionar en otro punto que no sea la ciudad cabecera, si existe una disposición dictada por el propio Cuerpo que lo autorice a tal fin.
Que la experiencia vivida con las sesiones realizadas el año 2014 en las localidades de Chasicó y Sierra de la Ventana nos ha dejado por demás satisfechos al ver sus repercusiones y el interés demostrado por el público que se hizo presente.
Que la presente disposición le otorga una inmejorable oportunidad a los establecimientos educativos de la localidad y la zona y los coloca en igualdad de condiciones y de inclusión para ver y comprender el funcionamiento del Concejo Deliberante de su Distrito.
Que desde los Bloques autores del presente Proyecto, entendemos que es nuestro deber como funcionarios el de llevar y hacer conocer la actividad que desempeñamos como representantes directos del pueblo.
POR ELLO:
Los Bloques Unión Cívica Radical, Coalición Cívica, Frente Progresista Cívico y Social y Frente Renovador,
proponen el siguiente
PROYECTO DE RESOLUCION
Artículo 1º: Dispóngase celebrar una Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de Tornquist en la localidad de Saldungaray, a realizarse el día 17 de Junio del corriente año, a las 20 hs en lugar a convenir.
Artículo 2º: Notifíquese de la presente a las Delegaciones de Saldungaray y Sierra de la Ventana para su toma de conocimiento. Así mismo, notifíquese a los establecimientos educativos rurales próximos a las citadas localidades.
Artículo 3º: Dése amplia difusión en los medios periodísticos locales y regionales.
Artículo 4º: De forma.