Las entidades abajo firmantes en representación de las más de 600 empresas distribuidoras de electricidad constituidas por dos millones de asociados/usuarios de quince provincias y que brindan servicios a casi 8 millones de argentinos, manifestamos nuestra profunda preocupación y necesidad de revisión de la decisión gubernamental dispuesta por la Resolución INAES 3442/2018 que establece facturar el servicio eléctrico de manera “autónoma e independiente de otros conceptos ajenos”.
Sin adentrarnos en cuestiones jurídicas respecto a la procedencia de la misma, entendemos que atenta contra un sector de la Economía Social y Solidaria que, producto de una historia y desarrollo territorial ha dado solución a través del asociativismo a la prestación de multiservicios, garantizando la calidad de vida, el desarrollo local sostenible, la generación de trabajo genuino y el arraigo de millones de pobladores en el Interior profundo de nuestro país, y que tiene un inmenso prestigio y reconocimiento a nivel nacional, regional y mundial.
Sin esos propios vecinos que constituyeron voluntariamente su empresa cooperativa para autoprestarse servicios públicos (energía, agua, cloacas, gas, internet) y sociales (sepelios, ambulancias, enfermería, entre otros) que hoy resultan esenciales para una vida digna, más de 700 pueblos en el Interior profundo de nuestra Nación habrían desaparecido o convertido en “pueblos fantasmas”.
Durante estos casi 100 años de desarrollo institucional y empresarial comunitario las cooperativas prestatarias de servicios públicos han sido socias estratégicas de los estados municipales, provinciales y nacional, cubriendo responsabilidades subsidiarias en muchos casos, y autogenerando empleo formal y proyectos de desarrollo local que han contribuido a fortalecer el tejido social de nuestras comunidades, de manera especial en tiempo de crisis como los actuales.
Merece destacarse que, en contraposición a una imposición tributaria del Estado en cualquiera de sus jurisdicciones, en nuestro caso el asociado/usuario decide voluntariamente requerir la prestación de un servicio adicional a su cooperativa (ambulancia, sepelio, etc.) y solicita voluntariamente que se la incluya en la factura del servicio eléctrico, como ítem totalmente discriminado de la misma, por lo que es totalmente identificable el concepto que se trate. Esa adhesión lleva ínsita la facultad de solicitar, en cualquier momento, la baja de dicho concepto o servicio.
En consecuencia, no advertimos en esto perjuicio, y menos aún falta de transparencia que resulte en la necesidad de que el usuario sea protegido por el Estado por abuso de posición dominante del prestador, puesto que se trata de un servicio que se autoprestan los propios vecinos gestionando de manera democrática su empresa de servicios públicos y sociales.
Debemos alertar que nuestro sector viene sufriendo sistemáticamente distintas medidas –políticas, económicas, administrativas- quizás por desconocimiento de nuestras organizaciones, pero que significan un menoscabo para los derechos asociativos y esencialmente, para la economía y viabilidad de nuestras empresas y comunidades. Que esta medida conspira contra todo lo expuesto en párrafos anteriores porque atenta contra esa voluntad asociativa de sus integrantes y pone en serio riesgo, en principio, la continuidad de miles de puestos de trabajo directos e indirectos que giran en torno al cooperativismo de servicios, pero además la posibilidad del cese de importantes prestaciones que hoy se llevan a cabo. Ambas consecuencias significarán un debilitamiento del tejido social y comunitario que de algún modo se intenta proteger.
Este tejido comunitario está compuesto también por otras entidades intermedias (como Bomberos Voluntarios, cooperadoras de centros de atención primaria de salud, etc.) que solicitan la colaboración de las cooperativas para recaudar aportes voluntarios de sus asociados. Es muy posible que en virtud de lo dispuesto puedan sufrir complicaciones financieras que imposibiliten sus normales prestaciones, las cuales inexorablemente deberán ser cubiertas por el Estado.
Con pesar, consideramos que en esta decisión gubernamental no se dimensiona adecuadamente la naturaleza jurídica de nuestras organizaciones ni el daño que esta medida pueda provocar a los propios usuarios de los servicios públicos que se intenta defender y, por derrame, el que le provoca a los pueblos del Interior de nuestro país.
Abogamos para que esta medida sea revisada, reivindicando la voluntad de los habitantes del Interior de nuestro país que de manera organizada, con convicción, esfuerzo propio y ayuda mutua han resuelto autoprestarse servicios esenciales.
Confederación Cooperativa de la República Argentina (Cooperar)
Confederación Argentina Interfederativa de Cooperativas de Electricidad (Conaice)
Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos (Face)
Asociación de Prestadores Eléctricos de la Provincia de Buenos Aires (Apeba)
Federación de Cooperativas de Electricidad y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires (Fedecoba)
Consejo Regional de la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos (Face Córdoba)
Federación de Cooperativas Eléctricas y de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Córdoba (Fecescor)
Federación Santafesina de Cooperativas de Electricidad, Obras y Servicios Públicos (Fescoe)
Federación Chubutense de Cooperativas de Servicios Públicos (Fechcoop)
Federación de Cooperativas Eléctricas del Nuevo Cuyo (Fecocuyo)
Federación Pampeana de Cooperativas Eléctricas (Fepamco)
Federación de Cooperativas de Servicios Esenciales de la Patagonia (Fecoes)
Federación Integral de Cooperativas Eléctricas de la Provincia de Buenos Aires (Fice)